lunes, 26 de septiembre de 2016

Rel4 B3.1 La comunidad cristiana

Contenidos:
  • La llamada de Jesús a colaborar con Él genera una comunidad.
  • Anexo: Campaña del DOMUND.
  • Anexo: Conmemoraciones de Todos los Santos y Fieles Difuntos.
Criterios de Evaluación:
1.- Descubrir la iniciativa de Cristo para formar una comunidad que origina la Iglesia.
Estándares de aprendizaje evaluables.

1.1.- Lee de manera comprensiva un evangelio, identifica y describe la misión salvífica de Jesús.
1.2.- Localiza, selecciona y argumenta en textos evangélicos la llamada de Jesús.
  • Act 0.1 Vídeo-reflexión: "Jesús te llama", Martín Valverde.
 

a) ¿Qué hacen estos tres jóvenes?
b) ¿Por qué crees que lo hacen?
c) ¿Cómo son las personas a las que se dirigen?
d) ¿Cómo termina esta historia?

1.- Los discípulos, colaboradores de la misión salvífica de Jesús.
  • Act 1.1 Time line: “La Historia de la Salvación realizada en Jesucristo”.
Haz una línea del tiempo en el que sitúes en orden cronológico los momentos más importantes realizados por Jesús para nuestra salvación.





Hermana Glenda: Jesús me amó y se entregó por mí



2.- El grupo de los Doce.
  • Act 2.1 Investiga: “Los 12 Apóstoles”.
Averigua cuáles eran los nombres de los Doce Apóstoles, cómo murieron y dónde están enterrados. Haz un Mapa Mental en tu cuaderno con toda esa información.
3.- Jesús prepara a sus discípulos.
  • Act 3.1 Mapa Mental: “Jesús prepara a sus discípulos”.
4.- La Comunidad cristiana.

  • Prezi
  • Act 4.1 Mapa Mental: “La acción del Espíritu en la comunidad”.


lunes, 19 de septiembre de 2016

Rel1 B4 Los Sacramentos: La Confirmación


La Confirmación es uno de los Sacramentos de la Iniciación a la Vida Cristiana, en el que somos llamados a ser otro Cristo, viviendo nuestra vida con Él y como Él.

Quien recibe el Sacramento de la Confirmación es ungido con el santo Crisma que imprime en el confirmando el sello espiritual. La unción, en el simbolismo bíblico y antiguo, posee numerosas significaciones: el aceite es signo de abundancia (Dt 11, 14) y de alegría (Sal 23, 5; Sal 104,15); purifica (los antiguos se daban una unción antes y después del baño) y da agilidad (la unción de los atletas y de los luchadores); es signo de curación, pues suaviza las contusiones y las heridas (Is 1, 6; Lc 10, 34) y el ungido irradia belleza, santidad y fuerza.

Todas estas significaciones de la unción con aceite se encuentran en la vida sacramental. La unción antes del Bautismo con el Óleo de los Catecúmenos significa purificación y fortaleza; la Unción de los Enfermos expresa curación y consuelo. La unción del Santo Crisma después del Bautismo, en la Confirmación y en la Ordenación, es el signo de una consagración.

Por la Confirmación, los cristianos, es decir, los que son ungidos, participan más plenamente en la misión de Jesucristo y en la plenitud del Espíritu Santo que éste posee, a fin de que toda su vida desprenda “el buen olor de Cristo” (2Co 2, 15). Por medio de esta unción, el confirmando recibe “la marca”, el sello del Espíritu Santo. El sello es el símbolo de la persona (Gn 38, 18; Ct 8, 9), signo de su autoridad (Gn 41, 42), de su propiedad sobre un objeto (Dt 32, 34) —por eso se marcaba a los soldados con el sello de su jefe y a los esclavos con el de su señor—; autentifica un acto jurídico (1R 21, 8) o un documento (Jr 32, 10).

En la Confirmación el rito es muy sencillo, básicamente es igual a lo que hacían los apóstoles, aunque se le han añadido algunos elementos para que sea más entendible.

El rito esencial es la unción con el santo crisma, unida a la imposición de manos del ministro y las palabras que se pronuncian. La celebración de este sacramento comienza con la renovación de las promesas bautismales y la profesión de fe de los confirmados, haciendo ver que la Confirmación constituye una prolongación del Bautismo. (Cfr. SC 71; Catec. n. 1298). El ministro extiende las manos sobre los confirmados como signo del Espíritu Santo e invoca la efusión del Espíritu Santo. Sigue el rito esencial con la unción del santo crisma en la frente, hecha imponiendo la mano y pronunciando las palabras que establece el ritual. La celebración del sacramento termina con el beso de paz, que representa la unión del Obispo con los fieles. (Catec. no.1304).

Signos y símbolos de la Confirmación
  • Imposición de las manos.
  • Crismación.
Imposición de las manos sobre los confirmandos.

La imposición de las manos es uno de los gestos más repetidos en la Biblia y en la liturgia sacramental cristiana para significar la transmisión de poderes, la bendición, el perdón o la identificación de una persona. Su sentido queda concretado por las palabras que acompañan al signo en cada caso. «Yo te absuelvo de tus pecados» en el Sacramento de la Penitencia. «Te pedimos que santifiques estos dones con la efusión de tu Espíritu, de manera que sean para nosotros Cuerpo y Sangre de Jesucristo, nuestro Señor», en la Plegaria Eucarística. «...Escucha nuestra oración y envía sobre ellos el Espíritu Santo Paráclito», en el sacramento de la Confirmación.

Jesús bendice, cura y perdona con el expresivo gesto de la imposición de los manos. La comunidad cristiana lo utiliza para transmitir el Espíritu Santo sobre los bautizados.

En el sacramento de la Confirmación, por la imposición de las manos sobre los confirmandos, hecha por el Obispo y, en su caso, por aquellos sacerdotes que van a ayudar al Obispo en la administración de la confirmación, se actualiza el gesto bíblico, con el que se invoca el don del Espíritu Santo. En la oración que acompaña a esta primera imposición de las manos se pide a «Dios todopoderoso, Padre de nuestro Señor Jesucristo» para estos confirmandos «que regeneraste por el agua y el Espíritu Santo» (alusión al Bautismo) el Espíritu Santo Paráclito, con el espíritu de sabiduría, inteligencia, consejo, fortaleza, ciencia, piedad, y finalmente, «cólmalos del espíritu de tu santo temor». Y la segunda imposición de la mano se hace con la unción del crisma.

Unas manos extendidas hacia una persona y unas palabras que oran. Las manos elevadas, apuntando al don divino, y a la vez mantenidas sobre una persona, expresando la aplicación y atribución del don divino a estas criaturas. Por una parte, invocamos humildemente la fuerza de Dios, de quien dependemos, la fuerza del Espíritu Santo. Por otra parte, nos damos cuenta de que los dones de Dios nos vienen en la Iglesia y por la Iglesia.

La Iglesia es siempre el lugar donde florece el Espíritu. La mano poderosa de Dios que bendice, consagra o inviste de autoridad, es representada sacramentalmente por la mano del ministro de la Iglesia, extendida con humildad y confianza en este caso sobre los confirmandos. Cuando el ministro realiza este gesto simbólico de la imposición de las manos, se convierte en instrumento de la transmisión misteriosa de la salvación de Dios. Y cuando los confirmandos ven realizada sobre ellos esta acción simbólica, además de alegrarse se sienten interpelados, porque se están asegurando la cercanía de Dios, y que el Espíritu Santo sigue actuando en todo momento como «Señor y dador de vida».

Santo Crisma. Crismación.

Los óleos son ungüentos aromáticos, mezcla de aceite y bálsamo oloroso con los que, desde la antigüedad, se ungía como signo de predilección o se daban masajes.

En el Antiguo Testamento se empleaba la unción para expresar la fuerza que Dios comunicaba a las personas que empezaban una misión para su pueblo: los reyes, como David, los sacerdotes, como Aarón, los profetas, como Eliseo.

Pero el verdadero Ungido es Jesús de Nazaret. Él ha recibido la misión de Mesías, y por eso recibe la unción del Espíritu Santo. Después, los creyentes en Cristo recibimos también la unción del Espíritu a través del sacramento de la Confirmación.

El Santo Crisma lo consagra el Obispo rodeado de su presbiterio en la Misa Crismal. «Te pedimos, Señor, que te dignas santificar con tu bendición este óleo y que, con la cooperación de Cristo, tu Hijo, de cuyo nombre le viene a este óleo el nombre de crisma, infundas en él la fuerza del Espíritu Santo con la que ungiste a sacerdotes, reyes, profetas y mártires y hagas que este crisma sea sacramento de la plenitud de la vida cristiana para todos los que van a ser renovados por el baño espiritual del bautismo. Haz que los consagrados por esta unción, libres del pecado en que nacieron, y convertidos en templo de tu divina presencia, exhalen el perfume de una vida santa; que, fieles al sentido de la unción, vivan según su condición de reyes, sacerdotes y profetas, y que este óleo sea para cuantos renazcan del agua y del Espíritu Santo, crisma de salvación y les haga partícipes de la vida eterna y herederos de la gloria celestial».

En la celebración del Bautismo, después de la inmersión o efusión del agua, el celebrante unge con el crisma la coronilla del bautizado, significando su incorporación al sacerdocio de Cristo. «Dios todopoderoso,... te consagre con el crisma de la salvación para que entres a formar parte de su pueblo y seas para siempre miembro de Cristo, sacerdote, profeta y rey».

El sacramento de la Confirmación se confiere mediante la unción del crisma en la frente, que se hace con la imposición de la mano, y mediante las palabras «Recibe por esta señal el don del Espíritu Santo». En Oriente este sacramento se llama «Crismación».
"La unción del santo crisma después del Bautismo, en la Confirmación y en la Ordenación, es el signo de la consagración. Por la Confirmación, los cristianos, es decir, los que son ungidos, participan más plenamente en la misión de Jesucristo y en la plenitud del Espíritu Santo que éste posee, a fin de que toda su vida desprenda «el buen olor de Cristo». Por medio de esta unción, el confirmando recibe «la marca», el sello del Espíritu Santo. El sello es el símbolo de la persona, signo de su autoridad, de su propiedad sobre un objeto, por eso se marcaba a los soldados con el sello de su jefe y a los esclavos con el de su señor. Autentifica un acto jurídico o un documento y lo hace, si es preciso, secreto. Cristo se declara marcado con el sello de su Padre. El cristiano también está marcado con un sello: «Y es Dios el que nos conforta juntamente con vosotros en Cristo y el que nos ungió y el que nos marcó con su sello y nos dio en arras el Espíritu en nuestros corazones» (2Co 1,22). Este sello del Espíritu, marca de la pertenencia total a Cristo, la puesta a su servicio para siempre, indica también la promesa de la protección divina en la prueba escatológica»".
Catecismo de la Iglesia Católica, no. 1294-1296.

«Ser crismado es lo mismo que ser crista, ser mesías, ser ungido. Y ser mesías y ser crista comporta la misma misión que el Señor: dar testimonio de la verdad y ser, por el buen olor de las buenas obras, fermento de santidad en el mundo» (Monición antes de la crismación).

"Tenemos finalmente el más noble de los óleos eclesiales, el crisma, una mezcla de aceite de oliva y de perfumes vegetales. Es el óleo de la unción sacerdotal y regia, unción que enlaza con las grandes tradiciones de las unciones del Antiguo Testamento. En la Iglesia, este óleo sirve sobre todo para la unción en la Confirmación y en las sagradas Órdenes.

La liturgia de hoy vincula con este óleo las palabras de promesa del profeta Isaías: “Vosotros os llamaréis ‘sacerdotes del Señor’, dirán de vosotros: ‘Ministros de nuestro Dios’” (61, 6). El profeta retoma con esto la gran palabra de tarea y de promesa que Dios había dirigido a Israel en el Sinaí: “Seréis para mí un reino de sacerdotes y una nación santa” (Ex 19, 6). En el mundo entero y para todo él, que en gran parte no conocía a Dios, Israel debía ser como un santuario de Dios para la totalidad, debía ejercitar una función sacerdotal para el mundo. Debía llevar el mundo hacia Dios, abrirlo a Él. 

San Pedro, en su gran catequesis bautismal, ha aplicado dicho privilegio y cometido de Israel a toda la comunidad de los bautizados, proclamando: “Vosotros, en cambio, sois un linaje elegido, un sacerdocio real, una nación santa, un pueblo adquirido por Dios para que anunciéis las proezas del que os llamó de las tinieblas a su luz maravillosa. Los que antes erais no-pueblo, ahora sois pueblo de Dios, los que antes erais no compadecidos. ahora sois objeto de compasión.” (1P 2, 9-10). El Bautismo y la Confirmación constituyen el ingreso en el Pueblo de Dios, que abraza todo el mundo; la unción en el Bautismo y en la Confirmación es una unción que introduce en ese ministerio sacerdotal para la humanidad. 

Los cristianos son un pueblo sacerdotal para el mundo. Deberían hacer visible en el mundo al Dios vivo, testimoniarlo y llevarle a Él. Cuando hablamos de nuestra tarea común, como bautizados, no hay razón para alardear. Eso es más bien una cuestión que nos alegra y, al mismo tiempo, nos inquieta: ¿Somos verdaderamente el santuario de Dios en el mundo y para el mundo? ¿Abrimos a los hombres el acceso a Dios o, por el contrario, se lo escondemos? Nosotros –el Pueblo de Dios– ¿acaso no nos hemos convertido en un pueblo de incredulidad y de lejanía de Dios? ¿No es verdad que el Occidente, que los países centrales del cristianismo están cansados de su fe y, aburridos de su propia historia y cultura, ya no quieren conocer la fe en Jesucristo? 

Tenemos motivos para gritar en esta hora a Dios: “No permitas que nos convirtamos en no-pueblo. Haz que te reconozcamos de nuevo. Sí, nos has ungido con tu amor, has infundido tu Espíritu Santo sobre nosotros. Haz que la fuerza de tu Espíritu se haga nuevamente eficaz en nosotros, para que demos testimonio de tu mensaje con alegría.

No obstante toda la vergüenza por nuestros errores, no debemos olvidar que también hoy existen ejemplos luminosos de fe; que también hoy hay personas que, mediante su fe y su amor, dan esperanza al mundo. Cuando sea beatificado, el próximo uno de mayo, el Papa Juan Pablo II, pensaremos en él llenos de gratitud como un gran testigo de Dios y de Jesucristo en nuestro tiempo, como un hombre lleno del Espíritu Santo. Junto a él pensemos al gran número de aquellos que él ha beatificado y canonizado, y que nos dan la certeza de que también hoy la promesa de Dios y su encomienda no caen en saco roto". 

Benedicto XVI, Homilía en la Misa Crismal, 21 de abril de 2011. 

domingo, 18 de septiembre de 2016

Rel2 B1.2 La misión de la persona

Contenidos:
  • El ser humano, colaborador de la creación de Dios.
Criterios de Evaluación:
    4.- Entender el sentido y la finalidad de la acción humana.
    Estándares de aprendizaje evaluables:
    4.1.- Clasifica acciones del ser humano que respetan o destruyen la creación.
    4.2.- Diseña en pequeño grupo un plan de colaboración con su centro educativo en el que se incluyan al menos cinco necesidades y las posibles soluciones que el propio grupo llevaría a cabo.
    Act Inicial RdP 'Antes pensaba...'.
    1.- ¿Para qué crees que estamos en el mundo?
    2.- ¿Por qué piensas que quiso Dios crearnos?
    3.- ¿Por qué buscamos conocer a Dios?
    4.- ¿Para qué ha creado Dios al hombre?

    1.- La misión de la persona.


    Anx 1: El Emperador Constantino y la Basílica de San Juan de Letrán.
    Con motivo de la proximidad de la fiesta de la dedicación de la Basílica de San Juan de Letrán y con vistas a tratar algún tema de Historia de la Iglesia que desarrollaremos más adelante, tratamos este contenido junto con el bloque 2.





    Del Catecismo:
    1706 Mediante su razón, el hombre conoce la voz de Dios que le impulsa “a hacer [...] el bien y a evitar el mal”(GS 16). Todo hombre debe seguir esta ley que resuena en la conciencia y que se realiza en el amor de Dios y del prójimo. El ejercicio de la vida moral proclama la dignidad de la persona humana.

    1707 “El hombre, persuadido por el Maligno, abusó de su libertad, desde el comienzo de la historia”(GS 13, 1). Sucumbió a la tentación y cometió el mal. Conserva el deseo del bien, pero su naturaleza lleva la herida del pecado original. Ha quedado inclinado al mal y sujeto al error.

    «De ahí que el hombre esté dividido en su interior. Por esto, toda vida humana, singular o colectiva, aparece como una lucha, ciertamente dramática, entre el bien y el mal, entre la luz y las tinieblas». (GS 13, 2)

    1708 Por su pasión, Cristo nos libró de Satán y del pecado. Nos mereció la vida nueva en el Espíritu Santo. Su gracia restaura en nosotros lo que el pecado había deteriorado.

    1709 “El que cree en Cristo es hecho hijo de Dios. Esta adopción filial lo transforma dándole la posibilidad de seguir el ejemplo de Cristo. Le hace capaz de obrar rectamente y de practicar el bien. En la unión con su Salvador, el discípulo alcanza la perfección de la caridad, la santidad. La vida moral, madurada en la gracia, culmina en vida eterna, en la gloria del cielo.


    YouCat 59. ¿Para qué ha creado Dios al hombre?
    Dios ha hecho todo para el hombre. Pero al hombre, la "única criatura querida por Dios por sí misma" (GS 24), lo ha creado para que sea eternamente feliz. Y esto lo alcanza conociendo a Dios, amándole, sirviéndole y viviendo con agradecimiento a su Creador. [358]
    El agradecimiento es amor reconocido. Quien es agradecido se dirige libremente al autor del bien y entra en una relación nueva y más profunda con él.
    Dios quiere que conozcamos su amor y que vivamos ya desde ahora toda nuestra vida en relación con él. Esta relación dura eternamente.

    YouCat 286 ¿Qué es la libertad y para qué sirve?
    La libertad es el poder que Dios nos ha regalado para poder actuar por nosotros mismos; quien es libre ya no actúa determinado por otro. [1730-1733,1743-1744]
    Dios nos ha creado como seres libres y quiere nuestra libertad para que podamos optar de corazón por el bien, también por el supremo "bien", es decir, Dios. Cuanto más hacemos el bien tanto más libres nos volvemos. [51]

    YouCat 287. ¿No consiste precisamente la "libertad" en poder decidirse también por el mal?
    El mal sólo es aparentemente digno de interés y decidirse por el mal sólo hace libre en apariencia.
    El mal no da la felicidad, sino que nos priva del verdadero bien; nos ata a algo carente de valor y
    al final destruye toda nuestra libertad. [1730-­1733, 1743-­1744]
    Esto lo vemos en la adicción. En ella un hombre vende su libertad a cambio de algo que le parece bueno. En realidad se convierte en esclavo. El hombre es perfectamente libre cuando dice siempre sí al bien; cuando ninguna adicción, ninguna costumbre, le impiden elegir y hacer lo que es justo y bueno. La decisión por el bien es siempre una decisión orientada a Dios. [51]

    YouCat 290 ¿Cómo nos ayuda Dios a llegar a ser hombres libres?
    Cristo quiere que nosotros, "liberados para la libertad" (Gál 5,1), seamos capaces de amar fraternalmente. Por eso nos da el Espíritu Santo, que nos hace libres e independientes de los poderes de este mundo, y nos fortalece para una vida de amor y de responsabilidad. [1739-­1742,1748]
    Cuanto más pecamos, tanto más pensamos sólo en nosotros mismos, tanto peor podemos desarrollarnos libremente. En el pecado nos volvemos además inútiles para hacer el bien y vivir el amor. El Espíritu Santo, que ha sido derramado en nuestros corazones, nos concede un corazón lleno de amor a Dios y a los hombres, Percibimos al Espíritu Santo como el poder que nos conduce a la libertad interior, que nos abre al amor y que nos hace instrumentos cada vez mejores para el bien y el amor. [120,310-311]

    YouCat 315. ¿Qué es en realidad pecado?
    Un pecado es una palabra, un acto o una intención, con la que un hombre atenta, consciente y voluntariamente, contra el verdadero orden de las coas, previsto, así por el amor de Dios. [1849-1851, 1871-1872]
    Pecar significa más que infringir alguna de las normas acordadas por los hombres. El pecado se dirige libre y conscientemente contra el amor de Dios y lo ignora. El pecado es en definitiva "el amor de s¡ hasta el desprecio de Dios" (san Agust¡n), y en caso extremo la criatura pecadora dice: Quiero ser "como Dios" (Gén 3,5). As¡ como el pecado me carga con el peso de la culpa, me hiere y me destruye con sus consecuencias, igualmente envenena y afecta también a mi entorno. En la cercanía de Dios se hacen perceptibles el pecado y su gravedad. [67, 224-239]

    YouCat 316 ¿Cómo se pueden distinguir los pecados graves (pecados mortales) de los menos graves (pecados veniales)?
    El pecado grave destruye en el corazón del hombre la fuerza divina del amor, sin la que no puede existir la felicidad eterna. Por ello se llama pecado mortal. El pecado grave aparta de Dios, mientras que los pecados veniales sólo enturbian la relación con él. [1852-­1861,1874]
    Un pecado mortal corta la relación de un hombre con Dios. Tal pecado tiene como condición previa que se refiera a una materia grave y que sea cometido con pleno conocimiento y consentimiento deliberado. Son pecados veniales los referidos a materias leves, o los pecados que se dan sin pleno conocimiento de su trascendencia o sin consentimiento deliberado. Estos últimos pecados afectan a la relación con Dios, pero no rompen con él.

    YouCat 317 ¿Cómo se libera uno de un pecado grave y se une de nuevo a Dios?
    Para reparar la ruptura con Dios que se da con un pecado grave, un católico debe reconciliarse con Dios por medio de la confesión. [1856] [224-­239]

    YouCat 318. ¿Qué son los vicios?
    Los vicios son costumbres negativas adquiridas que adormecen y oscurecen la conciencia, abren a los hombres al mal y los predisponen al pecado. [1865-­1867]

    Los vicios humanos se encuentran en la cercanía de los pecados capitales: soberbia, avaricia, envidia, ira, lujuria, gula y pereza.

     Fuentes:

    sábado, 17 de septiembre de 2016

    HdI 04 La mujer religiosa en el Renacimiento (s. XV-XVI)




    Entre los innumerables «clichés» pseudo-históricos que pueden leerse en internet se encuentran aquellos que hacen de la mujer medieval, una «esclava del hombre» con una «sexualidad reprimida» o bien una simple compañera que se utilizaba a despecho y para satisfacer los bajos instintos masculinos. Olvidan sin embargo quienes esto piensan, que no sólo esta opinión daría risa a cualquier historiador serio, sino incluso a aquellos que mínimamente tuviesen acceso al arte de la época. En efecto, las descendientes de Eva no por ser mujeres de aquella época y vivir en tiempos en que la filosofía del Evangelio gobernaba los estados, se encontraban en un estado de gracia permanente. Pensar esto sería tan ilógico como pensar que hoy, por estar en la época de las cirugías, todos moriremos jóvenes y con cuerpos bellos… No. La humanidad no está determinada por la sociedad en la que vive y se puede ser tan santo en Sodoma como pecador en la mejor ciudad de Dios.

    Las fallas humanas existían en aquellos tiempos, tanto para el hombre como para la mujer; testigo de ello son incluso algunas canciones picarescas que hasta demuestran la infidelidad femenina por aquellas épocas. Los términos usados en el lenguaje popular y en los villancicos (aunque un tanto fuertes) no por ello dejan de mostrar el humor y el realismo en el que se vivía:




    ¡Cucú, cucú, cucucú!

    Guarda no lo seas tú.



    Compadre, has de guardar,

    para nunca encornudar;

    si tu mujer sale a mear,

    sal junto con ella tú.



    ¡Cucú, cucú, cucucú!

    Guarda no lo seas tú[1].



    Sí; la mujer caía tanto como el hombre; y caía porque podía caer, es decir, no sólo porque era débil, sino porque existía la posibilidad fáctica (¡ay, que somos hijos de Adán!) de hacerlo.

    Ha habido, sin embargo, quienes han intentado crear en los últimos tres o cuatro siglos, ciertas leyendas por medio de las cuales, o bien la mujer estaba impedida de pecar en este ámbito o bien, que era un objeto sexual a piacere de los señores feudales: nos referimos a las leyendas del cinturón de castidad y del llamado derecho de pernada.

    Pero vayamos por partes; ¿qué era un «cinturón de castidad»?

    La leyenda, nacida en el Renacimiento para burlarse de la mentalidad cristiana del Medioevo, tomó forma especialmente en la Inglaterra del siglo XIX. Se afirmaba entonces que los caballeros medievales, al momento de partir a las Cruzadas u otros viajes, colocaban a sus esposas un cinturón de hierro que, cubriéndole sus partes íntimas y cerrado con una llave que sólo él poseía, hacían imposible la infidelidad conyugal durante su ausencia.

    El mito se difundió tanto que hasta comenzaron a recrearse para colocarlos en los museos medievales para turistas desprevenidos.

    Ahora bien, lo cierto es que no existen referencias históricas anteriores al siglo XIX, siendo que ninguno de los cinturones de castidad que actualmente pueden exhibirse están datados más allá del 1800.

    Ni la música los canta, ni el arte los ha pintado, ni la literatura contemporánea de aquella época los menciona, siendo, hoy por hoy, un mito desechable incluso por el más acérrimo crítico de la historia de la Iglesia o de la Edad Media. Sin embargo, como la repetición es madre de la ciencia (incluso de la histórica) cada cinco o seis años suele suscitarse un debate sobre el tema, para volver a repetir y corroborar el mito de los cinturones de castidad.

    Esto es lo que sucedió, por ejemplo, hace algunos años atrás, cuando en Roma, en la Academia de Hungría, situada en el Palazzo Falconieri, se expusieron reproducciones de todos los tipos de cinturones de castidad bajo el título «La historia misteriosa de los cinturones de castidad. Mito y realidad»[2].

    Allí, el estudioso Efe Sebestyen Terdik, declaró que los mismos son «más mito que realidad porque las investigaciones históricas ya han demostrado que la historia de los cruzados y caballeros que habrían garantizado la integridad de sus mujeres gracias a un instrumento de tortura y sado-fetichismo ha sido en realidad, una gran mentira».

    En realidad, observando de cerca los cinturones de castidad resulta imposible imaginar a una mujer embutida en semejantes artilugios de metal pesados, duros y cortantes, algunos con agujeros estratégicamente colocados y otros sin ellos, cerrados con enormes candados, con los que ni siquiera podría caminar libremente, ni mucho menos sentarse.

    Además, según Terdik, los metales producirían sin lugar a dudas y con el pasar de los días, terribles y profundas heridas, lesionando a la epidermis de las partes íntimas que terminarían en septicemias incurables para la época.

    Algunos estudiosos ingleses y americanos, como James Brundage, historiador de la sexualidad medieval, Felicity Riddy y Albrecht Classen, entre otros, expresaron en esta muestra su desacuerdo con la veracidad de estos objetos, al punto que recordaba que algunos de los supuestos cinturones de castidad que se habían expuesto en grandes museos (como el British Museum de Lonres, que desde 1846 exhibía un supuesto «original») acabaron por retirarlo por considerarlo una patraña histórica que desacreditaba al mismo museo.

    Como decíamos, la veracidad de su existencia se pone en duda incluso a partir de la literatura crítica y picaresca del mismo Renacimiento, puesto que entre los siglos XIV y XVI ni siquiera se encuentra alusión alguna a los mismos (Bocaccio, Bardello o Rabelais, jamás los nombran[3]).

    Entre los siglos XVI y XVII su nombre reaparece en algunas obras satíricas como ejemplo de la estupidez masculina que, buscando ser el único varón de su esposa, intenta imponerle la castidad a la fuerza; pero será recién a partir de la Ilustración y durante el período pre-revolucionario francés, donde los pensadores «iluministas» como Voltaire y Diderot, se encargarán de difundir la leyenda como un símbolo de la «oscuridad medieval».

    Pero el «cinturón de castidad» no es el único mito.


    El ius primae noctis o «derecho de pernada»

    Quizás algunos no hayan escuchado hablar de él, pero basta con navegar por internet para encontrar miles y miles de páginas que repiten hasta el cansancio este supuesto privilegio que tenían los señores feudales de «iniciar» sexualmente, la misma noche de la bodas, a las jóvenes que contraían matrimonio en sus territorios con los pobres aldeanos. Luego del matrimonio —se narra— el joven esposo debía aceptar la tremenda humillación de acompañar a su esposa al castillo para que probara hasta la mañana, los favores del impúdico patrón; y todo esto de modo legal y con la complicidad de la Iglesia…

    La leyenda de un supuesto «derecho del señor feudal» fue no sólo difundida por los iluministas, quienes veían en la Edad Media una época de «tinieblas y superstición religiosa» sino también por los protestantes, enemigos del triunfo, en esa época, de la Iglesia Católica.

    Para entender mejor el problema, habría que recordar los pormenores de la época feudal, donde existía, tanto el señor feudal como el «siervo de gleba», es decir, el campesino que obtenía, en concesión de su señor, un lote de tierra suficiente para trabajarlo y —de este modo— mantenerse, a cambio de una cuota sobre la cosecha, pagadera en bienes o en trabajo para el feudo (construcción y mantenimiento de puentes y caminos y el saneamiento de terrenos pantanosos, etc.).

    Bien lo señalaba Pernoud:


    “La condición del siervo era completamente diferente a la del antiguo esclavo: el esclavo es un objeto, no una persona; está bajo la potestad absoluta del patrón, que posee sobre él derecho de vida y muerte; le está vedado el ejercicio de cualquier actividad personal; no tiene familia ni esposa ni bienes (…).El siervo medieval es una persona, no un objeto: posee familia, una casa, campos y, cuando le ha pagado lo que le debe, no tiene más obligaciones hacia el señor. No está sometido a un amo, está unido a una tierra, lo cual no es una servidumbre personal, sino una servidumbre real. La única restricción a su libertad reside en que no puede abandonar la tierra que cultiva. Pero, hay que señalar, esta limitación no está exenta de ventajas ya que si no puede dejar el predio tampoco se le puede despojar de éste”[4].

    Fue este arraigo a la propiedad lo que creó el nacimiento del presunto jus primae noctis; en efecto, al principio de la era feudal, el campesino tenía prohibido contraer matrimonio fuera del feudo ¿Por qué?, porque ello causaba un deterioro demográfico en áreas y zonas cuyo mayor problema era la falta de población. Los feudos necesitaban trabajadores y, en el caso de que un siervo o sierva se casase, alguien de otro feudo, se perdía una futura familia ligada a esa tierra. Sin embargo, «la Iglesia no cesó de protestar contra esa violación de los derechos familiares que, en efecto, desde el siglo X en adelante fue atenuándose», por lo que se estableció en sustitución del mismo la costumbre de reclamar una indemnización monetaria al siervo que abandonase el feudo para contraer matrimonio en otro. Así nació el jus primae noctis del que se han dicho tantas tonterías: sólo se trataba del derecho a autorizar el matrimonio de los campesinos fuera del feudo[5].

    En cuanto a los derechos, entonces, nada tenía que ver con una presunta licencia de acostarse con la pobre aldeanita en su noche de bodas, ni mucho menos con tratar a los siervos como a esclavos de la antigüedad pagana.

    Existían, sí, casos de violación o de abuso por parte de los señores feudales, respecto algunas habitantes de sus feudos o comarcas, como hoy pueden existir en cualquier oficina donde una mujer trabaja doce horas diarias para mantener su casa, pero esto no es, como tampoco lo era antes, sino un abuso y hasta un delito.

    La confusión con el derecho sexual se ha mantenido durante décadas y donde debería verse una institución basada en la costumbre medieval de no abandonar el feudo salvo a cambio de una «multa», terminó por ser un dato más de la barbarie medieval. Para terminar con la leyenda, hace algunas décadas, el francés Alain Boureau[6] escribió un contundente ensayo que sigue siendo hasta hoy una fuente infranqueable para quien se asome al tema. Allí se señala que fue principalmente en el siglo XIX, cuando los pensadores liberales comenzaron con la leyenda con fines propagandísticos; uno de ellos, que Boureau se encarga de refutar punto por punto, es el escritor Jules Delpit quien, en 1837, presentó un conjunto de «pruebas» basándose en leyendas falsas escritas con posterioridad a los hechos que narra.

    Boureau señala que en varios casos no hay testimonios documentales de origen medieval que confirmen las menciones de ese supuesto «derecho», salvo la compensación que ya mencionamos por casarse e ir a vivir fuera del feudo. Uno de los argumentos centrales en contra de la existencia del derecho sexual de pernada o ius primae noctis es su muy escasa mención en documentos medievales[7]. Sin embargo, como francamente señala el autor, no se trata tampoco de negar que los señores medievales hayan recurrido a la violación. Esto sería angelismo, pero tal arbitrariedad «nunca fue una norma y menos aún una norma jurídica»[8].

    Que existió el delito no puede negarse, pero un delito no es un derecho, sino todo lo contrario.

    Testigo de ello es, como lo señala Carlos Barros[9] en un ensayo, algunas regiones de España contaminadas del derecho musulmán (este sí completamente misógino) y por costumbres aún no del todo cristianizadas. Así, en la Cataluña de finales del siglo XV existían esos abusos que terminaron por encontrar un freno en la legislación 1462 que los Reyes Católicos impusieron ante la rebelión campesina conocida como la remensa; allí se leía «que el señor no pueda dormir la primera noche con la mujer del campesino»; lo mismo declararon los grandes Reyes en 1486, en la legislación conocida como Sentencia de Guadalupe, donde se penaba este delito al declarar: «ni tampoco puedan los señores (feudales) la primera noche que el campesino prende mujer dormir con ella»[10]. Como bien advierte Barros, en el caso de haber existido como práctica delictiva (a Boureau no le convencen sus evidencias), se trataba de una simple y llana «violación», todo lo contrario de un «derecho», que tanto Fernando como Isabel se encargaron de castigar y extirpar para siempre.



    * * *



    ¿En qué quedamos entonces? La mujer en épocas de cristiandad, ¿era una dominada? ¿Una oprimida? ¿Una sometida?





    Que no te la cuenten…

    P. Javier Olivera Ravasi




    [1]Juan del Encina (1464-1523), ¡Cucu, cucu! (el sonido cucu hace referencia al Cuculus canorus, un ave cuya hembra, pone los huevos en otro nido, de allí que se asocie el cucu a quien es traicionado por su mujer). Pueden verse, además, los romances que el gran recopilador español, Joaquín Díaz, realizó para la música de aquella época, en especial «La esposa infiel», «Romance de Gerineldo» y «La molinera y el corregidor», entre otros.


    [2] Véase «La gran mentira de los cinturones de castidad» en http://www.abc.es/20120220/sociedad/abci-gran-mentira-cinturones-castidad-201202201403.html (20/02/2012).


    [3] En 1548 aparece un cinturón de castidad en el catálogo del arsenal de la República de Venecia, que pertenecía a Francisco II «El Joven», señor de Padua, quien tras enfrentarse en guerra con Venecia, fue conducido allí para ser estrangulado. A fin de denigrar su memoria y demonizarlo aún más, se difundió maliciosamente la creencia de que torturaba a su esposa y amantes con un cinturón de castidad. El hecho de que Venecia definiera a su víctima como un «torturador» significaba que no sólo, de haber existido, no era una práctica común, sino incluso repudiada.


    [4] Cfr. Vittorio Messori, Leyendas negras de la Iglesia, Planeta, Barcelona 2004, 144.


    [5] Ibídem, 144-145.


    [6] Alain Boureau, Le droit de cuissage. La fabrication d’un mythe (XIIIe-XXe siécle), Albin Michel, París 1995, 325 pp. Pueden consultarse las reseñas del mismo en Abel López, Historia Crítica 20 (2001) 189-192 y en Reyna Pastor, La Aljaba 7 (2002), 214-217.


    [7] En Francia, la primera referencia directa aparece en 1247 en un verso de un poema satírico y para señalar el monto a pagar por la emigración de un siervo a otro feudo (Alain Boureau, op. cit., 135).


    [8] Ibídem, 253.


    [9] Carlos Barros, “Rito y violación: derecho de pernada en la Baja Edad Media”, en Historia Social, Valencia 16 (1993), 3-17.


    [10] Ibídem, 16